LA SUPRESIÓN DE LA ORDEN DEL TEMPLE, (II parte) por Vicente Esteve


Con fecha 27 de octubre, diez días después del anterior escrito, el Papa Clemente V, le envía al rey de Francia, desde Poitiers, el siguiente escrito, que después de las salutaciones de rigor dice “Pero Vos carísimo hijo, lo que decimos con dolor en menosprecio de toda regla, mientras nos hallábamos tan cerca de Vos, habéis puesto la mano sobre las personas y los bienes de los templarios, y no habéis titubeado en ponerlos en prisión, y lo que asumo con dolor, no los habéis puesto en libertad, antes al contrario, según se nos dice, habéis ido más adelante, añadiendo a la aflicción de la cautividad, otra, que por pudor para la iglesia y por Nos, creemos prudente en la actualidad pasarlo con silencio. Y además habéis cometido el atentado de poner la mano sobre las personas y los bienes  de las gentes que están sujetas inmediatamente a Nos y a la Iglesia Romana…
Para no dilatar más esta carta, Nos pasaremos por el momento de otros asuntos. Por lo que mi amado hijo; más pronto posible hoy o mañana, os apesaréis hacer entrega de las personas y bienes de los templarios a los Cardenales: Berenguer del titulo san Nereo y Aquileo y Esteban del titulo de san Ciriaco in Termis, que os hemos enviado y no impediréis que así se haga” (este escrito se halla en la biblioteca imperial de Francia, carta 170, folio 8)
Como vemos, el Papa aun apreciaba a los templarios, o le fastidio que el rey se le adelanta, esto último lo demuestra con la publicación de la Bula Pastorelis Praemintae, (esta bula se encuentra en A.C.A, legajo XXIV nº  8 A y V.*) de fecha 23 de noviembre 1307, dirigida también a los monarcas europeos para que detengan a los templarios y confisquen sus bienes que quedaran a disposición del papado. Es decir exactamente igual como hizo Felipe IV, pero en este caso los monarcas, si le hicieron caso al Papa, a medias.
En Portugal rey D. Dionis, se limito a sustituir el nombre de  los Pobres Compañeros de  Cristo, nombre con el que aprobó la Orden, como Orden de Cristo y  se quedo con todos sus bienes. En Castila-León, el rey se apropio de los bienes y dejo en libertad a los templarios, no contestó ni a los requerimientos de Clemente V y a los de Juan XXII, hasta que lo dejaron por imposible. En Aragón Jaime II, después de algunas escaramuzas de los castillos de Aragón con los templarios, a estos el rey les permitió permanecer en ellos.
Eduardo II de Inglaterra al recibir la Bula Papal, le contestó a Clemente V, que cuando fue a detener a los templarios, estos habían desaparecido, y en cuanto a la Inquisición, esta no existía en su reino. A la vista de esta contestación el Papa le envió dos frailes de la Orden de Predicadores, ignoramos si encontraron alguno. En los demás países acataron la Bula de Clemente V, excepto en Alemania.
El 12 de agosto de 1308 Clemente V emite la bula Regans in Celis, (esta bula se halla en el A.S.V.*) en la cual nombra a los Cardenales Belenguer, del titulo de los Santos Nereo y Aquileo, a Esteban del titulo San Ciriaco in Termis, Pbros. Y Landulfo del titulo de San Ángelo, diacono, Cardenales  cuya prudencia, fidelidad y  prudencia para Nos son indudables, a fin de inquiriesen al Maestre y a los preceptores de la Orden en Francia, Normandía, Aquitania y Poitiers  para que averiguasen la verdad y prestando juramento de decir sobre las premisas mera y pura verdad, declararon y confesaron libre y espontáneamente, la negación de Cristo que se hacia en el acto de ser recibidos en la Orden.
Cuyas confesiones y deposiciones de los templarios, redactadas en escritura pública, por cuatro notarios públicos y leídas a los Templarios, después estos pidieron a los Cardenales suplicando arrodillados, humilde y devotamente, la absolución de la excomunión en la que habían incurrido.
El Papa Clemente V, Papa número195 de la iglesia Católica
desde 1305 al 1314
Los Cardenales, por cuanto la iglesia no niega su premio a quien a ella vuelve, por lo tanto los Cardenales dispensaron a estos el beneficio de ABSOLUCION.
Considerando pues que no se puede dejar impune crímenes tan horrendos, sin hacer in juria a Dios y a todos los católicos, es de interés común, mediar tan grandes males, por lo tanto resuelvo reunir un Concilio general para dentro de dos años, que tendrá lugar a primeros de octubre  de 1310, a fin de poner término al negocio de los templarios y de sus bienes.
Este documento redactado por los notarios: Roberto de Condeto; Humberto Herzelanus;  Nicole de Benevento y  Ansío Aurelianus, este documento se conoce como el Documento de Chinon, (fue traducido por primera vez por el presbítero Mateo Bruguera y publicado 1889. Encontrándose el original en  A. S .V.*)
Cuando la señora Bárbara  Flare, escritora italiana y funcionaria del Archivo Secreto Vaticano, dio la noticia que había encontrado el documento de Chinon y lo hizo público, algunas revistas especializadas, lanzaron al vuelo, que los templarios eran inocentes, nada más lejos de la verdad. El documento solo dice, como hemos visto, que el Papa  nombro un tribunal eclesiástico, con poder para absolver a los Templarios, si estos, confesaban “libre y espontáneamente” sus pecados, como así fue. Como, veremos al final, los presos de Chinon  temían a la Inquisición:
Con fecha12 de agosto de 1308, el Papa Clemente V, promulga la Bula Faces Misericordiam dirigida a los Arzobispos de las diferentes Diócesis europeas, para que convoquen concilios provinciales, para juzgar a los templarios, adjuntado relación de los cargos por los que se la acusaba  (esta bula se encuentra ASV*).
Como quiera que algunos de los Arzobispos no habían remitido el resultado del
Concilio provincial. Con fecha 6 de abril de 1309, remite tanto a estos como a los diferentes monarcas europeos comunicándoles que se prorroga la iniciación del Concilio un año, por lo cual se celebrara en la ciudad de Viene, en el mes de Octubre de 1311.
              A principios de octubre de 1311, llego a Vienne el rey de Francia, acompañado de sus hijos sus ministros, otros altos cargos y fuerte contingente de tropa, todos ellos para asistir al concilio donde se iba a dictar la supresión de la Orden del Temple.
El 13 de Octubre de 1311, a los cuatro años justos de la detención de los templarios franceses, el Papa Clemente V inauguró el XV Concilio Ecuménico de la edad media, no celebrándose otro hasta 1414, en la catedral de Vienne, cerca de Lyon , en el Delfinado francés, asistiendo tan solo 114 Obispos, los Patriarcas de Antioquia y Alejandría, el Abad de Cister, y en cuanto Monarcas tan solo asistió el rey de Francia, el de Navarra, hijo de Felipe IV, Jaime II de Aragón excuso su asistencia, enviando dos nobles catalano-aragoneses.
Catedral de Vienne (Francia)
El Papa abrió el Concilio con un  discurso sobre la maldad de los Templarios, al final de este, nombró una comisión   compuesta de cuatro Obispo, el de Soissons,  el de Mande y el de Lyon, además el oriental Aquileo, con el fin de que estudiasen  toda la documentación relativa a los templarios y presentar sus conclusiones al Concilio. Hasta primeros de año el concilio no adelanto nada en sus debates, ya que los miembros del mismo estaban divididos, tan  solo los franceses  deseaban la suspensión del Temple, los restantes  no veían motivos suficientes para condenarles, a la vista de estas diferentes opiniones de los padres conciliares, el Papa se dirigió a estos con estas palabras: “Si por defecto de las formalidades, no fuese posible pronunciar jurídica canónicamente sentencia contra los templarios: La plenitud del poder apostólico lo supliría todo, y se les condenaría por vía de expediente”. Con esta amenaza al Concilio. El Papa daba a entender, que quería que se suprimiese la Orden. A p3sdar de estas palabras, los padres conciliares siguieron igual.
Las sesiones se suspendieron hasta el mes de marzo de 1312, en vista de esto Clemente V, el 20 de este mes de agosto, convoco un consistorio  secreto compuesto por los Cardenales y Obispos afines a el, en este consistorio se redacto la Bula” Vox in Excelso” que se dio a conoce el 22 de Marzo de 1312, y fue leída al Concilio en su última sesión, que se celebro el 5 de Abril de ese mismo año.

Pergamino de Chinon
Transcribimos de esta bula que dice así” Considerando todas estas cosas, la hacen inútil a la Iglesia de Dios y a la persecución de los asuntos de Tierra Santa, cuyo servicio les había sido confiado. Entre el parecer de los que dicen que es necesario en virtud de los crímenes sobredichos, promulgar sentencia de condenación contra la Orden del Temple, y entre el dictamen de los que sostienen que los procedimientos que han tenido lugar no permiten que sea condenada con justicia, Después de varios considerandos dice: Nos suprimimos por una sanción irrefragable y legitima perpetuamente, a la Orden de los Templarios, su estado, su hábito y su nombre, no por una sentencia definitiva, sino por modo de provisión ú ordenanza Apostólica, y Nos la sometemos a una interdicción perpetua, con la aprobación del Concilio.  Prohibiendo expresamente a cualquiera que sea, entrar de ahí en adelante en dicha Orden, recibir o llevar su hábito, ni hacerse reconocer por Templario y quien lo contraviniere, incurrirá  ipso facto, EN LA SENTENCIA DE EXCOMUNION”
Este final de la mencionada Bula, Vox in Excelso, esta copiado de la Historia General de los Caballeros del Temple, tomo III, páginas 172 a 180 de D. Mateo Bruguera Pbro., editado en 1898.* Dicha bula, no se encuentra por ninguna parte. El autor de este articulo, ha intentado localizar en diferentes archivos, en el de la Corona de Aragón; en  el que el padre Jaime Villanueva, en su trabajo viaje literario a las iglesias de España*, dice que esta Bula se encuentra allí, no es así; este sacerdote confundió la Vox in Excelso, con la Ad Providam* de fecha 2 de mayo de 1312. Pero no es el solo.
Con fecha 6 de Mayo. De 1312, Clemente V, publica la Bula Considerantes Dudum, que viene a recordar que los bienes de los templarios   serán entregados a la Orden del Hospital, excepto los de la península Ibérica
 Como hemos visto el 12 de agosto de 1308, Clemente V nombre un tribunal eclesiástico para que juzgara al Maestre y las altas dignidades templarias,  estos absueltos por dicho tribunal de la condena de excomunión que pesaba sobre ellos,  absolución que fue comunicada mediante escrito firmado por los notarios públicos y que se conoce como “Pergamino de Chinon.”
No obstante el 22 de diciembre de 1313, el Papa nombra otro tribunal para juzgar nuevamente a estos de presos de Chinon , el mismo estaba formado por los Cardenales Folques del titulo de Santa Sabina, sobrino del Papa; Nicolás de Freuville del titulo de San Eusebio, confesor de Felipe IV y Arnaldo de Novelli del titulo de Albano, todos ellos franceses. Comunicándoles mediante escrito que se guarda en el A:S;V.* y que traducido dice así:  Nos  siéndonos imposible a causa de los multiplicados y penosos  que nos agobian, dar nuestra aplicación personal  al juicio del Maestre, Jaques de Molay; visitador de Francia; Hugo de Parandio; al Preceptor de Auvernia y Poitou; al Comendador de Normandia; al de Aquitania y a otros altas dignidades de la Orden del Tample, que Nos especialmente nos habíamos reservado. Por las presentes os encargamos examinar los procedimientos hechos contra dichos caballeros y con particularidad aquellos procedimiento os encargamos examinar4 los procedimientos hechos contra dichos caballeros y con particularidad aquellos procedimientos realizados por los Cardenales San Nereo y Aquileo; de San Ciriaco in Thermis y de San Ángelo, que procedieron a este objeto por nuestro mandato, en el castillo de Chinon. Nos os concedemos y damos el poder de condenar o absolver, y de aplicar una pena proporcionada a los delitos de los acusados; y de hacer pagar de los bienes de la Orden Todo lo que juzguéis conveniente para sus alimentos, vestidos y demás necesidades.
Nos confiamos en vuestra prudencia, sabiduría y celo en este asunto que os encomendamos, dándonos después conocimiento del resultado (Archivo Vaticano, 61-73v)

James de Molay
Los indicados Cardenales se trasladaron al castillo de Chinon, donde seguían presos tanto el Maestre como los demás templarios-
Las sesiones de este tribunal duraron varias semanas, hasta que a primeros de marzo, los presos fueron trasladados a Paris, hasta que el día 18 de marzo de 1314, se mando instalara en la isla de los judíos, frente a los jardines del palacio real, dos estrados, una grande para los miembros de tribunal, príncipes de la iglesia, miembros del gobierno y otras personalidades, frente a este, otro más pequeño para los condenados. allí públicamente se les leyó la sentencia dictada, la cual consistía en la de cadena perpetua…
Ante la sentencia, el maestre Jaques de Molay; como el comendador de Normandía, Godofredo de Charney, manifestaron su inocencia negando todos los cargos que se les imputaban, Jaques de Molay levantando la voz  proclamo que Orden era Santa, a igual que los miembros de la misma y los cargos que se le atribuían eran totalmente falsos, y si alguna fueron aceptados, fue por las sesiones de tortura.
Ante la osadía del Maestre y del Comendador de Normandía, Felipe IV se enfureció de tal manera que ordeno que inmediatamente se preparase una hoguera en el mismo estrado que habían escuchado, la sentencia para que fuesen quemados por herejes y relapsos.
En la madrugada del día siguiente, 19 de marzo de 1314, los dos reos fueron conducidos a la hoguera. antes de encenderla, El Maestre se dirigió a la multitud allí congregada en estos términos:
“Como quiera que al fin de la vida no sea tiempo de mentir sin provecho, yo niego y juro por todo lo que pueda jurar, que es falso todo que antes de ahora  se ha acriminado contra los templarios, y lo que de presente se ha referido en la sentencia dada contra mi,  porque aquella Orden es santa justa y católica. Yo soy el que merezco la muerte, por haber levantado falso testimonio a mi Orden, la cual antes ha servido mucho y ha sido muy provechosa a la religión Cristiana, e imputándoles estos delitos y maldades contra toda verdad a persuasión del Papa y del rey de Francia;  lo que ojala yo no hubiera hecho. Solo me resta rogar, como ruego a Dios, si mis maldades dan lugar, me perdone; y justamente me perdone, y justamente suplico que el castigo y tormento sea más grave, si por ventura por este medio se aplacase la ira divina contra mí, y pudiese mover con mi paciencia a los hombres a misericordia. La vida ni la quiero ni la he de menester, principalmente con tan gran maldad como me convidan a que cometa de nuevo. ¡Ay ¡¿de que me serviría prolongar días tan tristes que no serian  debidos sino a la calumnia?
James De Molay Y Godofredo de Charney
Yo se los suplicios que han afligido a todos los caballeros que han tenido el valor de revocar las falsas confesiones. No obstante el espectáculo terrible que se me presenta no es capaz de hacerme confirmar la primera mentira por una segunda. A una condición tan infame, yo renuncio de buen corazón a la vida.
James de Molay se desnuda voluntariamente de su habito y capa templarios diciendo “El Temple no puede ser condenado. La capa no será sometida al fuego destructor”. Mirando como pidió, a la catedral de Notre Dam, murió con serenidad y entereza, mientras se iban consumiendo poco a poco. En medio de un publico silencioso y aterrado, mientras iban recogiendo las cenizas, antes de fueron esparcidas en el Sena por los oficiales  del rey francés Felipe IV. Elevando a estos templarios a la categoría de mártires
A .C .A .    Archivo de la Corona de Aragón
A. S .V.     Archivo Secreto Vaticano
 ( * )  Lo documentos señalados con este signo, el autor de este reportaje posee una copia de los originales



Caballero templario

image_pdfimage_print

Dejar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Código anti-spam *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.